Capitulo II Marco Teorico


Antecedentes de la Investigación

Según Dairesky Veloz  (2013) de la Universidad Flor Amarillo Sabaneta (Barinas) se destaco  con la realización de un proyecto llamado "Implementar un plan de capacitación para fortalecer el uso del centro de computación de la Escuela Bolivariana José Porfirio Luque Pérez del Municipio Alberto Arvelo Torrealba Estado Barinas." Con el propósito de contribuir con el mejoramiento y la eficacia de los ciudadanos y estudiantes de la comunidad para obtener acceso al uso de los medios tecnológicos como los son los Centros De Computación.
Es relevante señalar que la implementación de este proyecto asegura el  uso de recursos y materiales apropiados y en forma conjunta con procesos de enseñanza y recreacionales, además,  ofrece la posibilidad de alcanzar con éxito los objetivos propuestos en el área de tecnología.            De tal manera, que la importancia del proyecto radica en la necesidad de implementar un plan dirigido a los habitantes de la comunidad  los Rastrojos con el fin de prestar de servicios a la mayoría de los ciudadanos que no tienen acceso al uso y mantenimiento de computadoras,  de igual manera favorecerá a las instituciones públicas (escuelas, cooperativas, y consejo comunal) para el gozo  y desarrollo de nuevos espacios tecnológicos.
También  Celiangel Guía (2013) realizo un proyecto que lleva por nombre "Diseñar un software educativo que facilite el aprendizaje de la educación en los niños y niñas en la Escuela Básica "Juana Moreno de Hinguera" ubicada en la población de Cabruta, Municipio las Mercedes del Llamo, Estado Guarico".  Con el fin de proporcionar una herramienta que le permita al niño ejecutar sus conocimientos al ritmo que el requiera además de mostrar al computador como un pontenciador de estos procesos favoreciendo la asociación de ideas y ofreciendo un ambiente entretenido y amigable que hace mas agradable el apresto y a su vez permita a los padres y maestros contar con un material de apoyo para estimular diferentes áreas de desarrollo durante la edad de preescolar e inicio de la edad escolar.
Por otra parte Abache Irainy (2010) "Alfabetizar tecnológicamente a los miembros del consejo comunal  “Vencedores de la Alameda” Parroquia Catedral Ciudad Bolívar Estado Bolívar." Teniendo como finalidad Propiciar el uso pedagógico de las TIC en estudiantes, docentes y comunidad en general, a través de la incorporación de Centros Tecnológicos que faciliten la formación integral de los ciudadanos y ciudadanas que el país requiere para su desarrollo político, económico y social.

Marco Teórico
Alfabetización Tecnológica
El Plan Nacional de Alfabetización Tecnológica (Pnat), nace en el marco de la Misión Ciencia y tiene como objetivo central, formar en el uso de las Tecnologías de Comunicación e Información a los sectores populares y comunidades más recónditas del país. A principios de este año, uno de los objetivos trazados, desde los Ministerios del poder popular para la Educación y de Ciencia y Tecnología, será superar el medio millón de alfabetizados.
El uso de las herramientas ofimáticas, tal como el procesador de palabras, las hojas de cálculo y el uso de internet, forman parte de lo enseñado por las y los facilitadores de cada infocentro a las diversas comunidades para que puedan elaborar sus proyectos, fomentar la organización y potencializarse como individuos en la solución de problemas locales y cotidianos.
Software libre
El software libre suele estar disponible gratuitamente, o al precio de costo de la distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea así, por lo tanto no hay que asociar software libre a "software gratuito" (denominado usualmente freeware), ya que, conservando su carácter de libre, puede ser distribuido comercialmente ("software comercial"). Análogamente, el "software gratis" o "gratuito" incluye en ocasiones el código fuente; no obstante, este tipo de software no es libre en el mismo sentido que el software libre, a menos que se garanticen los derechos de modificación y redistribución de dichas versiones modificadas del programa.
Proyecto Socio-Tecnológico
Proyectó Socio Tecnológico PNFSI Objetivo del PNFSI El Programa Nacional de Formación en Sistemas e Informática tiene como objetivo la formación de profesionales con alto sentido de la ética y con una posición de defensa integral de su país. Profesionales que sean agentes del cambio, que introduzcan las nuevas tecnologías, en especial aquellas de carácter abierto, en las organizaciones públicas o privadas, para adaptarlas a las exigencias del mundo moderno, a las demandas nacionales y a las necesidades de cada comunidad. Profesionales que sean capaces de proveer soluciones trabajando en equipo y de forma interdisciplinaria, así como, de manera autónoma, independiente y altamente productiva, con una conciencia de los nuevos tiempos y acordes con los requerimientos de la sociedad venezolana. Todo esto tomando como base los Fundamentos Conceptuales del Plan Nacional de Misión Sucre y lo consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Software Educativo
Se denomina software educativo al destinado a la enseñanza y el aprendizaje autónomo y que, además, permite el desarrollo de ciertas habilidades cognitivas.
Así como existen profundas diferencias entre las filosofías pedagógicas, así también existe una amplia gama de enfoques para la creación de software educativo, atendiendo a los diferentes tipos de interacción que debería existir entre los actores del proceso de enseñanza-aprendizaje: educador, aprendiz, conocimiento, computadora.
Como software educativo tenemos desde programas orientados al aprendizaje hasta sistemas operativos completos destinados a la educación, como por ejemplo las distribuciones GNU/Linux orientadas a la enseñanza.
Proyecto Canaima
Es un proyecto socio-tecnológico abierto, construido de forma colaborativa, centrado en el desarrollo de herramientas y modelos productivos basados en las Tecnologías de Información Libres (TIL) de software y sistemas operativos cuyo objetivo es generar capacidades nacionales, desarrollo endógeno, apropiación y promoción del libre conocimiento, sin perder su motivo original.
Software
El software es un ingrediente indispensable para el funcionamiento del computador. Está formado por una serie de instrucciones y datos, que permite aprovechar. Todo el recurso del computador tiene, de manera que pueda resolver gran cantidad de problemas. Un computador en sí, es solo un conglomerado de componentes electrónicos; el software le da vida al computador, haciendo que sus componentes funcionen de forma ordenada.
El conocimiento de la ingeniería del software: es toda la información relacionada al desarrollo del software (por ejemplo, cómo utilizar un método de  diseño especifico) o la información relacionada al desarrollo de un software especifico ( por ejemplo, el esquema de la prueba de un proyecto,) aquí se incluye información relacionada al proyecto, información sobre la tecnología de  software, conocimiento acerca de sistemas similares y la información detallada relacionada a la identificación y solución del problema técnico.
Hardware
Es todo lo físico que podemos ver en una computadora, es considerado como hardware. Todo lo que ustedes pueden llegar a tocar en una computadora, es el hardware. Es decir, el monitor, el teclado, el mouse, la impresora, etc.; cada uno de estos elementos por separados, no es nada. Pero al unirlo de manera conjunta, para formar una computadora, pasan hacer parte del hardware de nuestro terminal computacional.
Dentro de todo hardware, existe una categorización específica. Categorías que siempre van hacer cinco. La primera de procesamiento, la segunda de entrada, la tercera de salida, la cuarta almacenamiento y la quinta de comunicación.
En la primera categoría podemos destacar la unidad central del almacenamiento (CPU) cuyo corazón es el microprocesador de silicio, conformado por una unidad aritmético-lógica la cual realiza todo los cálculos y toma de decisiones por otra parte tenemos la memoria del computador o RAM.        Las computadoras Canaima son los equipos para niños que Venezuela está adquiriendo en convenio con Portugal, y que también contempla la instalación de una ensambladora en el país con el fin de lograr una transferencia tecnológica parcial. En Portugal estas computadoras son conocidas por el nombre Magallanes o "Magalhaes".

Marco Legal
Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela (1999)
La Constitución de la República Bolivariana (1999) de por la parte educativa en el Articulo. 102, en el cual se consagra la educación como un derecho humano y donde el estado asume como un deber el conocimiento científico y tecnológico entre otras cosas, en el Art. 103 se plantea el derecho de toda persona a la educación en igual condiciones y oportunidades.
Artículo 108. Los medios de comunicación social, públicos y privados, deben contribuir a la formación ciudadana. El Estado garantizará servicios públicos de radio, televisión y redes de bibliotecas y de informática, con el fin de permitir el acceso universal a la información. Los centros educativos deben incorporar el conocimiento y aplicación de las nuevas tecnologías, de sus innovaciones, según los requisitos que establezca la ley.
Artículo 110. El Estado reconocerá el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para las mismas. El Estado garantizará el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía. El cual este articulo reconoce como de interés público el uso de la ciencia, tecnología, el conocimiento, la innovación y los servicios de formación en pro de lograr el desarrollo del país tanto en el sector político, económico y social.
Ley Orgánica de Educación (2009).
Artículo 35. La educación universitaria estará por leyes especiales y otros instrumentos normativos en los cuales se determinara la forma en la cual este subsistema se integra y articula, así como todo relativo a:
- El financiamiento del subsistema de educación universitaria.
- El ingreso de estudiantes al sistema mediante un régimen que garantice la equidad en el ingreso, la permanencia y su prosecución a lo largo de los casos académicos.
- La oferta de algunas carreras que por naturaleza, alcance, impacto social e interés nacional deban ser reservadas para ser impartidas en instituciones especialmente destinadas para ello.
Artículo 36. El ejercicio de la formación, creación intelectual e interacción con las comunidades y toda otra actividad relacionada con el saber en el subsistema de educación universitaria se realizarán bajo el principio de la libertad académica, entendida ésta como el derecho inalienable a crear, exponer o aplicar enfoques metodológicos y perspectivas teóricas, conforme a los principios establecidos en la Constitución de la República y en la ley.
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (2001)
La ley orgánica de ciencia, tecnología e innovación en su art. 01 establece a esta ley como el instrumento que orienta en materia de ciencia y tecnología para fomentar la investigación científica y fomentar e impulsar el desarrollo nacional. En tal sentido el decreto 825 de la presidencia de la república establece el uso del internet como política prioritaria para el desarrollo de la nación y el decreto 3390 establece el uso del software libre como uso obligatorio para la administración pública nacional.
Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (2010)
Artículo 3. Forman parte del Sistema Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación, las instituciones públicas o privadas que generen y desarrollen conocimientos científicos y tecnológicos, como procesos de innovación, y las personas que se dediquen a la planificación, administración, ejecución y aplicación de actividades que posibiliten la vinculación efectiva entre la ciencia, la tecnología y la sociedad.
Artículo 17. A las instituciones y organismos, públicos y privados, miembros del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que soliciten participar en los programas de financiamiento ofrecidos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología para la ejecución del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se les podrá exigir recursos para cofinanciar estos programas. Los aportes respectivos se fijarán de mutuo acuerdo, tomando en cuenta las posibilidades y condiciones económicas de las partes involucradas.
Movilidad de los investigadores hacia el entorno social y económico.
Decreto Presidencial  (2004) Nº 3390.
Artículo 1. La administración pública nacional empleará prioritariamente software libre desarrollado con estándares abiertos, en sus sistemas, proyectos y servicios informáticos. A tales fines, todos los órganos y entes de la administración pública nacional iniciarán los procesos de migración gradual y progresiva de éstos hacia el software libre desarrollado con estándares abiertos.
Artículo 3º.En los casos que no se puedan desarrollar o adquirir aplicaciones en Software Libre bajo Estándares Abiertos, los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deberán solicitar ante el Ministerio de Ciencias t Tecnología autorización para adoptar otro tipo de soluciones bajo las normas y criterios establecidos por este Ministerio.
Artículo 4º.El Ministerio de Ciencia y Tecnología, adelantará los programas de capacitación de los funcionarios públicos, en el uso del Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, haciendo especial énfasis en los responsables de las áreas de tecnologías de información y comunicación, para lo cual establecerá con los demás órganos y entes de la Administración Pública Nacional los mecanismos que requieran.
Artículo 5º.El Ejecutivo Nacional fomentará la investigación y desarrollo de software bajo el modelo Software Libre desarrollado con Estándares Abiertos, procurando incentivos especiales para desarrolladores.
Decreto Presidencial Numero (2000) Nº 825.
Artículo 1°. Se declara el acceso y el uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico, social y político de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 2°. Los órganos de la Administración Pública Nacional deberán incluir en los planes sectoriales que realicen, así como en el desarrollo de sus actividades, metas relacionadas con el uso de Internet para facilitar la tramitación de los asuntos de sus respectivas competencias.
Artículo 4°. Los medios de comunicación del Estado deberán promover y divulgar información referente al uso de Internet.
Se exhorta a los medios de comunicación privados a colaborar con la referida labor informativa.
Artículo 8°. En un plazo no mayor de tres (3) años, el cincuenta por ciento (50%) de los programas educativos de educación básica y diversificada deberán estar disponibles en formatos de Internet, de manera tal que permitan el aprovechamiento de las facilidades interactivas, todo ello previa coordinación del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Artículo 10°. El Ejecutivo Nacional establecerá políticas tendentes a la promoción y masificación del uso de Internet. Asimismo, incentivará políticas favorables para la adquisición de equipos terminales por parte de la ciudadanía, con el objeto de propiciar el acceso a Internet.
Plan Patria 2013-2019
El Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019 esta asociado con mi proyecto de alfabetización Tecnológica ya que esta tiene una política que Garantiza el acceso oportuno y uso adecuado de las telecomunicaciones y tecnologías de información, así como la creación de una nueva cultura Científica-Tecnológica orientada para alcanzar la Soberanía Plena
Por Otra Parte consta con cinco objetivos Históricos; Pero solo un objetivo nacional con el cual se ve integrado ya que implica estrategias y capacidades científico-tecnológicas vinculadas a las necesidades del pueblo. Algunos objetivos estratégicos y generales establecen:
1.5.1.4. Crear espacios de innovación asociadas a unidades socioproductivas en comunidades organizadas, aprovechando para ello el establecimiento de redes nacionales y regionales de cooperación científico.tecnológica, a fin de fortalecer las capacidades del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
1.5.2.4. Desarrollar aplicaciones informáticas que atiendan necesidades sociales.
1.5.2.5. Generar y difundir a través de las TIC contenidos basados en valores nacionales, multiétnicos y pluriculturales de nuestros pueblos y, con ellos, los principios inherentes al Socialismo Bolivariano.
1.5.3. Impulsar el desarrollo y uso de equipos electrónicos y aplicaciones informáticas en tecnologías libres y estándares abiertos.
1.5.3.3. Garantizar, en las instituciones del Estado, el uso de equipos electrónicos y aplicaciones informáticas en tecnologías libres y estándares abiertos.

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